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La protección de Derechos Humanos en clave de GADs (Breves Apuntes)

Xavier Gudiño Valdiviezo
Abogado y Consultor  en Derechos Humanos
Master (c) Global Rule of Law and Constitutional Democracy
Universita Degli Studi Di Génova – Italia
Equipo Consultor  INSPIRARED

Hoy en día resulta innegable hablar de la hegemonía de los derechos humanos (Boaventura, 2014), de la importancia de su protección y defensa como leitmotiv del   estado democrático, así también es importante rescatar la importancia en su dimensión objetiva relacionada con la democracia (Vila, 2007) o como los límites en la reflexión ética y política de los estados (Atienza, 2000). La discusión se torna más compleja al hablar de su factibilidad y aterrizaje en las acciones concretas, por la diversidad de participación de actores que se involucran en su implementación, en lo particular me gustaría centrarme en el rol de los Gobiernos Autónomos Descentralizados como garantes de su cumplimiento.

La organización de los estados para su funcionalidad, exige un modelo de planificación y gestión territorial, y con la finalidad de disminución de conflictividad entre niveles  centrales y locales se realiza la distribución de competencias, facultades o atribuciones (Trujillo, 2006); así se reconoce el Ecuador como un estado unitario y de gobernanza descentralizada (Art. 1 de la Constitución), y que se lo ha aterrizado con un sistema de descentralización y desconcentración de competencias, que para algunos autores (Viciano, 2009 et al.) constituye un importante aporte de la Constitución del 2008, precisamente en la sustitución hacia un modelo ordenado y sistémico de competencias, sustituyendo uno de las competencias abiertas como lo establecía en la Constitución de 1998.

Es precisamente en el ejercicio de sus funciones, atribuciones y competencias, (entiéndase principalmente: políticas públicas, ordenanzas, resoluciones, Planes de Ordenamiento Territorial, etc) donde se articulan la visión comunitaria y enfoque territorial de los GADs con el ejercicio de protección de derechos, relación que en su aterrizaje no siempre resulta de fácil adaptabilidad.

Es por esto que debemos entender la funcionalidad de los derechos humanos como medios y fines del accionar de los GADs, desde el punto de vista metodológico (medios), como un marco regulador normativo, un aliado técnico para el diseño, formulación, implementación y evaluación  de las políticas; como un criterio ético para su articulación, regulación y aplicación;  en fin como un marco conceptual orientado a la promoción y protección de los derechos humanos (ACNUDH, 2006).

Pero también desde el punto de vista político (fines), los derechos humanos y las políticas públicas tienen un punto donde confluyen, que es el efecto emancipador de los mismos, reivindicadores de transformaciones sociales, instrumentos contra hegemónicos que permitan la trasferencia de poder a los sectores postergados y excluidos, en definitiva el ser un motor para efectivizar las realizaciones sociales concretas[1] (Parma, 2012).  

Estos objetivos deben reunir parámetros de eficiencia y efectividad: Delimitación clara de metas e indicadores, basarse en diagnósticos eficaces, asignación de recursos necesarios, creación de una estructura institucional articulante, evaluación y monitoreo de las políticas, rendición de cuentas ante la ciudadanía, participación, capacidad de control social y auditoría por parte de la sociedad. Estas son sin lugar a dudas algunas de las características de un ejercicio que rendirá efectos de legitimidad de los actos frente a la ciudadanía.

En el camino existen problemáticas a las que debemos hacer contingencia; una de ellas es hacer del ejercicio de los derechos humanos un ejercicio burocratizante, tecnocrático, avalorativo, que se ejecute mecánicamente y base su efectividad en criterios utilitaristas, escondiendo el rostro humano y social que motivó su creación. Es decir, se debe buscar el equilibrio necesario entre tener herramientas técnicas de medición de impacto y sustentabilidad de las medidas, pero sin descuidar lo social y popular, ya que sobre todo debe ser en constante ejercicio de enseñanza – aprendizaje, que active los dispositivos reflexivos de todas las partes involucradas y que el ejercicio crítico y proactivo replanteé  constantemente su hoja de ruta, otorgando a los GADs un lente con mayor sensibilidad para combatir la pobreza, la exclusión y las desigualdades estructurales de la sociedad.  

Bibliografía

  • Atienza, Manuel, Introducción al Derecho, Editorial Fontamara, México, 2000
  • Santos, Boaventura de Sousa: Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo, Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad, Dejusticia, Bogotá 2014.
  • Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, “Preguntas frecuentes sobre el enfoque de Derechos Humanos” Nueva York y Ginebra: ONU, 2006
  • Parma, Agustín , La importancia de los fallos que reconocen derechos económicos, sociales y culturales como realización social efectiva en la teoría de la justicia, Revista Internacional de Derechos Humanos No 2 (2012)
  • Trujillo, Julio Cesar: Teoría del Estado en el Ecuador, Segunda Edición, Corporación Editora Nacional, Quito, 2006
  • Vila Casado Iván, Fundamentos del derecho constitucional contemporáneo. Editorial Legis, Bogotá, 2007.

[1] Entendiendo estas como las acciones para convertir en real una situación de justicia o hacer cesar una situación de injusticia.

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